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lunes, 10 de septiembre de 2012

El IVA en las aplicaciones para móviles

La venta online es compleja porque una vez obtenidos ciertos ingresos en una jurisdicción extranjera, debes comenzar a facturar según el tipo de IVA de dicho territorio, registrando, recaudando y pagando allí (en lugar de en HMRC). El umbral (límite de ventas anuales) depende de cada país, siendo de 35.000€ ó 100.000€ (ver listado completo). Constituir las correctas infraestructuras para este tipo de venta a distancia implica la necesaria identificación geográfica del consumidor final, controlar dicho límite y por supuesto facturando correctamente. Esto puede complicarse todavía más, especialmente si se trata de ventas virtuales o de una plataforma de distribución a terceros, como los proveedores de aplicaciones para móviles. Esencialmente porque cada plataforma se comporta de un modo distinto. Veamos aquí un resumen rápido de lo que usted necesita saber.

Apple “AppStore”

Tú proporcionas tus productos a Apple, el cual los comercializa y entrega a sus clientes. Apple factura el IVA a sus consumidores dependiendo de su localización y carga también IVA en su comisión sobre el precio del producto, por ello y bajo las normas de HMRC esto no está considerado como una actividad de “Agency Services” de Apple hacia ti. Por lo tanto tú debes facturar ordinariamente (en cuanto a IVA) tu suministro a Apple. Ya que tú estás vendiéndole a la Europea Filial de Apple que está registrada en Luxemburgo, por lo tanto puedes facturar al tipo 0 de IVA. Debes registrar tus ventas en el “EC Sales list” (Registro Británico para las operaciones en otros países de la Unión Europea). Como muchas otras cosas en Apple, este modelo es muy hábil!

“Google Play/Android Market”

Aquí la situación es muy diferente: la transacción realmente fluye directamente entre el vendedor inicial y el cliente final. Por lo tanto es responsabilidad del primero la recaudación del IVA dependiendo de la localización del segundo. Hasta hace poco, incluso los precios se mostraban en base imponible (antes de impuestos). La situación ha mejorado ligeramente y ahora Google calcula el IVA aplicable (en muchas jurisdicciones). Pero la responsabilidad de la carga todavía recae sobre la espalda del suministrador inicial. Este es un grave error de diseño que ha impedido que muchos creadores ofrezcan aplicaciones de pago en Google Play, esperemos que Google entre en razón y adopte un modelo similar al de Apple. Mientras tanto un modelo financiado por la publicidad o un editor de terceros podría ser la respuesta!

Otras Plataformas

Nuevos comercializadores están apareciendo todos los días pero lamentablemente, muchos de ellos están adoptando el modelo de Google porque es más fácil de constituir. Este es el caso de Amazon Appstore y el sistema de Créditos de Facebook.

2 comentarios:

  1. Gracias por el post, me ha servido de mucha utilidad. Únicamente me genera una duda porque, después de consultar en Hacienda cómo debíamos tributar el IVA de aplicaciones móviles en Apple , nos informaron que iría sin IVA, salvo las operaciones/ventas que se realizaran en España, las cuales deberíamos declarar el IVA de estas compras, ¿es correcto?

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  2. Tu solo puedes vender sin IVA si tu cliente esta registrado para IVA en su Estado. Es no un caso usual.

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