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miércoles, 1 de agosto de 2012

“Residencia”, y “Domicilio”: un resumen


En Inglaterra, no sólo existe el concepto de “Residencia” (es muy similar al concepto español), debemos también tener en cuenta otros dos conceptos: “Residencia habitual” y “Domicilio”. Es muy importante entender la diferencia entre estos tres conceptos y sus implicaciones fiscales. No es siempre fácil resumir tomos enteros de código tributario, sin embargo veamos un sucinto resumen:

Residencia (residence): Se basa en la presencia física. Se consideran residentes aquellos que viven (residan) un mínimo de 183 días al año en territorio Británico. También se considera residente aquel que residió en éste territorio un mínimo de 91 días anuales durante los últimos cuatro años. Todo aquel considerado Residente automáticamente se convierte en sujeto pasivo, tributando sobre sus ganancias y/o ingresos siendo los dos nuevos conceptos claves marcando diferencias en cuanto a esto.

Residencia habitual (ordinary residence): Se basa en la habitualidad. La adquirimos cuando tenemos la intención de permanecer en el país al menos tres años. De lo contrario seremos consideramos como NO Residentes habituales La ventaja de esta situación es que cualquier ingreso por el trabajo realizado fuera de Inglaterra no paga impuestos, lo que puede representar un ahorro significativo para las personas que tienen que viajar mucho por trabajo.

Domicilio (domicile): Su domicilio puede ser diferente de su país de residencia. Teóricamente la casa se hereda de los padres. Si usted no tiene intención de permanecer en el Reino Unido, no son residentes. No hay límite de tiempo, pero las implicaciones fiscales son diferentes. En realidad, hay dos tipos de impuestos para no residentes “Arising basis” o "The remittance basis".
  • “Arising basis”: Obligada tributación por la totalidad de ingresos independientemente del lugar de generación de los mismos, este modelo se diferencia del “normal o puro Ingles” en el Impuesto de Sucesiones para los primeros 17 año.
  • “The remittance basis”: usted paga impuestos sobre sus ingresos obtenidos en territorio Británico, tributando su renta extranjera sólo en la medida en que son repatriados a Inglaterra. Esto es obviamente una situación fiscal muy interesante para aquellos que tienen ingresos significativos en alta mar. Esta situación tiene sin embargo un costo. En primer lugar está la pérdida de deducciones personales y en ganancias de capital. Pero sobre todo por la tasa fija anual a pagar, bien de 30.000 libras (si es residente desde hace más de 7 años) o incluso de 50.000 libras (si se es residente desde más de 12 años)
Es importante señalar que para la máxima utilización de estos beneficios siempre es aconsejable su planificación adelantada. Por ejemplo, tener su nómina domiciliada en un banco en Jersey en lugar de Inglaterra - si quieren beneficiarse de las exenciones para el trabajo en el extranjero - o crear una cuenta de capital que no esté contaminada por el interés - si usted tiene la intención de repatriar dinero en el futuro., pero las reglas específicas son complejas, y por eso es aconsejable tratar el asunto con un profesional tan pronto como usted sospeche que podría estar encuadrado en esta situación.

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